La secretaria general de Transportes, María José Rallo, ha dado acierta libertad a las familias separadas para poder trasladarse —e incluso cambiarse de comunidad autónoma— con la finalidad de recoger al hijo o hijos cuya custodia compartan. «La verdad es que la casuística de posibles situaciones personales que puedan justificar un viaje es muy grande y desde luego no se puede regular ni legislar para cada situación específica», ha respondido Rallo, en una de las últimas preguntas de la rueda de prensa.
«El real decreto establece cuáles son las actividades susceptibles de realizarse [durante la vigencia del estado de alarma] e incluye una genérica que habla de ‘actividades suficientemente justificadas'», ha señalado. Concretamente en el artículo 7 del decreto que establece las condiciones del estado de alarma se especifica la limitación de la libertad de circulación de las personas y sus salvedades, siendo la última (h) la que hace referencia a «cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada».
En este sentido, Rallo ha afirmado que «no hay una norma» concreta que diga si permite o no permite a los padres separados recoger a sus hijos en una comunidad autónoma diferente, aunque sí considera que esta situación se adecua a lo establecido en ese punto genérico del decreto ley como causa justificada. «Es obvio que es una actividad suficientemente justificada y que si hay algún problema con cuerpos y fuerzas de seguridad del estado se podrá soslayar sin problemas», ha decretado.